No hay limitaciones en las atenciones médicas de los niños menores de un año y mujeres embarazadas, entonces cubre cualquier tratamiento, medicamento, cirugía, o cita con especialista.
Resolución 5261 de 1994, Artículo 103, ATENCIÓN OBSTÉTRICA: De acuerdo al artículo 166 de la Ley sobre seguridad social, el POS en el caso de las mujeres en estado de embarazo cubrirá la prestación de servicios de salud en el control prenatal, en la atención del parto, en el control del post parto y para la atención de las afecciones relacionadas directamente con la lactancia.
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