viernes, 1 de abril de 2011

El esencial

Si la salud fuera un derecho fundamental, no podrían los empresarios de la salud (EPS) tratarla como un simple derecho patrimonial cualquiera; o sea que no podrían suspender o negar atenciones por “mora en de pago” o por “inconsistencias en la base de datos” o porque “el servicio pedido no está incluido” etcétera. ¡Porque los derechos fundamentales no pueden ser “temporales” ni “periódicos” ni se pueden “perder” tan fácil!...con un simple “acto unilateral” como suspendiendo el “servicio de un celular”…

Tendría entonces que tratarse a la salud con la misma altura con que se trata a los demás derechos fundamentales: como la dignidad, o la vida o la libertad ¿se imaginan una empresa afiliando personas para protegerles la dignidad? ¿O suspender el derecho a la dignidad por mora en el pago de la cuota mensual? Entonces catalogar a la salud como derecho fundamental implica cambiar el modelo empresarial del aseguramiento porque los derechos fundamentales son inasegurables ¡pues el gobierno no los puede proteger a través del pago de cuotas mensuales que hagan los ciudadanos a empresas que presten servicios que garanticen la “libertad” o “la vida” o “la dignidad”!

Entonces decir que es fundamental el derecho a la salud, implica más que adornar la palabra “salud” de un calificativo más, pues implica un cambio de modelo: dejar el aseguramiento y exigiría que el gobierno adoptara directamente “el modelo de salud” con políticas nacionales, en lugar de entregárselo a un clan de empresarios…¡y avaros!

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